EL SIGPAC, UNA HERRAMIENTA IMPRESCINDIBLE PARA LA DEHESA

EL SIGPAC, UNA HERRAMIENTA IMPRESCINDIBLE PARA LA DEHESA



Es un momento especialmente importante para el futuro de la dehesa en Andalucía. Ylo es, principalmente, para sus propietarios, porque hace unas semanas se abrió uno de los procedimientos para que puedan reconocer adecuadamente sus fincas como explotaciones de dehesa.
Es muy importante que esta información esté convenientemente actualizada y revisada en el Sistema de Información Geográfica de Identificación de Parcelas Agrícolas (SIGPAC) del año 2017, que es donde se recogen las características de cada parcela, puesto que de ella va a depender la mayor o menor extensión de las dehesas censadas en Andalucía. Si no está de acuerdo con la caracterización que ha hecho la Administración de una parte de su finca como formación adehesada se podrá presentar, hasta el 25 de mayo, la correspondiente solicitud de modificación al SIGPAC.
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¿Qué relación tiene el SIGPAC con el censo de dehesas?
La 7/2010, de 14 de julio, para la Dehesa establece un nuevo marco de relación de los propietarios y gestores de los terrenos con la Administración; y la pieza clave de todo ello es la identificación de las explotaciones a través del denominado Censo de Dehesas de Andalucía.
Este censo se hizo público por primera vez el año pasado, mediante la Orden de 17 de mayo de 2016. El censo se construyó, principalmente, a partir de la información que ya constaba en los registros de la Administración, especialmente en el SIGPAC.
Cuando más adelante se publique el censo de dehesas para este año 2017 y se abra el plazo de presentación de comunicaciones, podrá verificar que su explotación cumple los requisitos de la definición de la Ley para la Dehesa o podrá presentar las alegaciones que estime oportunas dentro del procedimiento del censo, pero teniendo en cuenta que ya no podrá ser alegable el carácter de formación adehesada de sus parcelas (o, en general, cualquier otra modificación que forme parte del procedimiento de alegaciones SiGPAC).
El censo de dehesas
La inclusión de una finca se basa en el cumplimiento de una serie de requisitos derivados de las definiciones de la Ley para la Dehesa. Uno de estos requisitos es el porcentaje de superficie de la explotación que debe responder a la definición de formación adehesada, es decir, que sea una superficie forestal ocupada por un estrato arbolado, compuesto principalmente por quercíneas con una fracción de cabida cubierta comprendida entre el 5 % y el 75%.
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¿Porque es importante estar inscrito en el censo de dehesas?
La inscripción en el Censo de Dehesas de Andalucía supone un paso previo para que una finca pueda beneficiarse de los instrumentos administrativos que se están poniendo en aplicación de la Ley para la Dehesa.
El enfoque orientado a la finca de dehesa en lugar de a una superficie limitada de la explotación (parcela o recinto SIGPAC) permitirá que las líneas de ayuda que se están diseñando (algunas de las cuales ya se han puesto en marcha como la medida agroambiental para la mejora de pastos) sean más eficaces y apropiadas para afrontar los retos de este tipo de explotación agroforestal.
Próximamente, las dehesas también podrán beneficiarse de un nuevo concepto de ordenación agrosilvopastoral, el Plan de Gestión Integral, que permitirá unificar y simplificar trámites con la Administración, además de servir como guía para el asesoramiento para favorecer la mejora de la sostenibilidad económica y ambiental de la explotación. Y para poder aplicar los Planes de Gestión Integral será requisito imprescindible que la finca esté correctamente identificada y georreferenciada.

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